A |
B |
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E |
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S |
T |
U |
V |
W |
X |
Y |
Z
DEBE
Nombre que se da al lado izquierdo de una cuenta del
libro mayor. Nombre que se da a la columna de cifras en
la que se anotan los cargos. Lado contrario al "haber"
de una cuenta.
DEBITO
Partida que se asienta en el "debe" de una cuenta.
Deuda.
En contabilidad implica cualquier cantidad que al
asentarse o registrarse incrementa el saldo de un pasivo
o decrementa el saldo de un activo.
DECLARACION
Manifestación escrita que se presenta a las autoridades
fiscales para el pago de las obligaciones impositivas.
En estas declaraciones se determina la utilidad gravable
o los ingresos gravables, de acuerdo al tipo de causante
de que se trate.
DECRETO APROBATORIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA
FEDERACION
Documento que emite la H. Cámara de Diputados una vez
sancionado el conjunto de normas, disposiciones y
restricciones que orientarán la ejecución del gasto de
las entidades de la Administración Pública Federal que
aparecen en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
DEDUCCIONES DE LOS INGRESOS
Los gastos que conforme a las leyes fiscales se pueden
descontar para fijar la utilidad gravable de una
empresa. En el Estado de Pérdidas y Ganancias se agrupan
bajo este rubro, los gastos que no representan costos de
manufactura o de operación, ni compras de materias
primas, de mercancías o abastecimientos, sino que tienen
un carácter de gastos financieros, como los intereses
pagados sobre bonos u obligaciones, hipotecas,
documentos por pagar, etc. o bien que tienen un carácter
de pérdidas extraordinarias o imprevistas.
DEFICIT
La diferencia que resulta de comparar el activo y el
pasivo de una entidad, cuando el importe del último es
superior al del primero, es decir cuando el capital
contable es negativo.
Saldo negativo que se produce cuando los egresos son
mayores a los ingresos. En contabilidad representa el
exceso de pasivo sobre activo. Cuando se refiere al
déficit público se habla del exceso de gasto
gubernamental sobre sus ingresos; cuando se trata de
déficit comercial de la balanza de pagos se relaciona el
exceso de importaciones sobre las exportaciones.
DEFICIT A FINANCIAR
Resultado negativo de la confrontación entre los
ingresos y gastos de un ejercicio. Este concepto debe
mencionarse solamente para efectos presupuestarios. Se
utiliza para conocer los requerimientos de recursos
necesarios para financiar las actividades de operación y
de inversión del Sector Público.
Es el resultante de la diferencia entre ingresos y
gastos de un ejercicio para conocer faltantes, e indicar
con ello los requerimientos de recursos necesarios para
financiar las actividades de operación y de inversión
del Sector Público.
DEFICIT DE CAPITAL
Diferencia negativa que resulta de la comparación entre
los ingresos y egresos de capital de las entidades del
Sector Público.
DEFICIT ECONOMICO
Es el faltante en que incurre el Estado al intervenir,
mediante el gasto público, en la actividad económica en
forma directa. Representa el resultado negativo de la
diferencia entre los ingresos y egresos, tanto del
Gobierno Federal como de las entidades paraestatales de
control presupuestario directo o indirecto.
El déficit económico se obtiene sumando al déficit
presupuestario el no presupuestario. El déficit
presupuestario resulta de la diferencia negativa de los
ingresos petroleros y no petroleros con los gastos
presupuestarios del Gobierno Federal y del sector
paraestatal de control directo. El déficit no
presupuestario es el resultado negativo de la diferencia
entre los ingresos y los gastos del DDF y de los
organismos y empresas de control presupuestario
indirecto.
DEFICIT FINANCIERO (DEFICIT DEL SECTOR PUBLICO)
Es la diferencia negativa que resulta de la comparación
entre el ahorro o desahorro en cuenta corriente, y el
déficit o superávit en cuenta de capital; expresa los
requerimientos crediticios netos de las entidades
involucradas.
Muestra el faltante total en que incurre el Estado al
intervenir en la actividad económica nacional. Resulta
de sumar el déficit económico con la cifra neta de la
intermediación financiera.
DEFICIT O SUPERAVIT
Resultado negativo o positivo que se produce al comparar
los egresos con los ingresos de un ente económico.
DEFICIT O SUPERAVIT DE CAJA
Se incurre en déficit cuando los ingresos recaudados en
la Tesorería de la Federación por concepto de la Ley de
Ingresos de la Federación, no alcanzan a cubrir el monto
de los pagos que realiza. En el caso de superávit, los
primeros exceden a los segundos, expresa los resultados
del Gobierno Federal; y resulta de sumar al déficit
presupuestario, la variación en cuentas ajenas.
Resultado que se obtiene al comparar los ingresos y
egresos líquidos disponibles de las entidades del sector
paraestatal, incluyendo transferencias.
DEFICIT O SUPERAVIT ECONOMICO PRIMARIO
Resultado que se obtiene de comparar ingresos y egresos
totales del sector público, excluyendo los intereses de
la deuda. Este concepto mide la parte del déficit fiscal
sobre la cual se puede ejercer control directo, ya que
el servicio de la deuda es en gran medida gasto
condicionado por la economía en general.
DEFICIT O SUPERAVIT EXTRAPRESUPUESTARIO (BALANCE)
Saldo que resulta de comparar el ingreso y gasto de las
entidades paraestatales de control presupuestario
indirecto.
DEFICIT O SUPERAVIT FINANCIERO (BALANCE)
Resultado que se obtiene al comparar los ingresos
totales sin financiamiento y los gastos totales sin
amortización de las dependencias y entidades públicas.
En cuanto a las entidades involucradas, se incluye a las
de control directo e indirecto, así como a los
intermediarios financieros.
DEFICIT O SUPERAVIT MONETARIO (BALANCE)
Resultado que se obtiene de la confrontación entre
ingresos y gastos netos del sector público y que permite
establecer sus necesidades reales de fondos. Comúnmente
se utiliza para comprobar la veracidad del saldo de la
cuenta corriente del Gobierno Federal en el Banco de
México.
El déficit monetario es la diferencia negativa, entre
los ingresos y los gastos efectivos, ajustada por las
economías, el gasto ejercido pendiente de pago y la
variación en las cuentas ajenas. Es el equivalente a los
movimientos netos de la deuda pública y de la variación
en las disponibilidades de las entidades públicas. El
superávit monetario es lo contrario.
DEFICIT O SUPERAVIT OPERACIONAL (BALANCE)
Es el que se obtiene al restar del superávit económico
primario la amortización inflacionaria del saldo de la
deuda pública en moneda nacional.
DEFICIT O SUPERAVIT PRESUPUESTARIO (BALANCE)
Es el saldo negativo o positivo que resulta de comparar
los gastos e ingresos del Gobierno Federal y de los
organismos y empresas de control presupuestario directo,
cuyas previsiones financieras están contenidas en el
Presupuesto de Egresos de la Federación, sin considerar
amortización, y el resultado en cuentas ajenas.
DEFICIT PRESUPUESTARIO
Corresponde al resultado de la confrontación entre el
déficit financiero contra el aumento neto de la deuda
con saldo negativo, o bien el monto obtenido al restar
de los ingresos, los egresos presupuestarios, siendo
éstos últimos de mayor cuantía. En la interpretación
económica, resulta de adicionar al déficit de capital,
la adquisición de activos financieros a largo plazo,
neto.
DEFICIT, SUPERAVIT Y EQUILIBRIO
Déficit es la situación en que los ingresos son
inferiores a los egresos; cuando ocurre lo contrario hay
superávit; y si los ingresos y gastos son iguales, la
balanza está en equilibrio.
DEFLACION
Fenómeno económico consistente en el descenso general de
precios causado por la disminución de la cantidad de
circulante monetario, lo cual a su vez origina una
disminución en el ritmo de la actividad económica en
general, afectando entre otros aspectos el empleo y la
producción de bienes y servicios. Constituye la
situación inversa de la inflación.
Proceso sostenido y generalizado de disminución de
precios en un país; es un fenómeno contrario a la
inflación.
DEFLACTOR
Se refiere al indicador de precios que se aplica a los
valores corrientes, con la finalidad de expresarlos en
términos reales o constantes, a precios de un año de
referencia.
División de un valor a precios de cada año (corriente o
nominal) entre el valor a precios de un año base
(constante o real); es también la división entre 100 de
un índice de precios. Adicionalmente es el incremento en
términos decimales de la tasa acumulativa de precios o
tasa media de incremento en precios es decir:
valor a precios corrientes índice de precios
Deflactor = -------------------------------------- =
-----------------------------
valor a precios constantes 100
= 1(1+h)...(1+hn) = 1(1*h)h
donde: h = tasa inflación del año medido decimalmente y
*h = tasa media anual de crecimiento de los precios en
decimales.
n = número de años.
DEFLACTOR IMPLICITO DEL PIB
Indicador que muestra cuantas veces han aumentado los
precios de la producción doméstica libre de
duplicaciones, como consecuencia del incremento en el
índice implícito de precios del PIB.
Existen cuatro maneras de medir el deflactor del PIB y
son:
a) Dividiendo el producto interno bruto a precios de
cada año entre el producto interno bruto en un año base
es decir:
PIB nominal (o corriente)
D.I.PIB = --------------------------------
PIB real (o constante)
b) El resultado de multiplicar la oferta monetaria por
su velocidad dividido entre el producto interno bruto a
precios constantes es decir:
Oferta monetaria X velocidad de circulación del dinero
D.I.PIB =
------------------------------------------------------------------------------
PIB REAL
c) Multiplicando el aumento anual de precios de los años
entre sí en decimales.
D.I.P = 1(1 + h1) (1 + h2) (1.hn)
ejem.: = 1 + (1.04) (1.20) (1,12)
d) El resultado de la suma de la tasa media anual de
crecimiento en los precios en términos decimales más uno
se eleva a la n potencia que corresponde al periodo de
análisis, es decir:
1(1 + TMA. Inflación) 1(1 + n)
D.I.PIB = --------------------------------------------
100
Este deflactor puede presentarse en su primera, tercera
y cuarta manera para cada sector o como promedio
ponderado de la economía y en el segundo caso como
medición del promedio ponderado de la actividad
económica en general.
DELEGADO FIDUCIARIO
Es el funcionario autorizado para actuar, como lo indica
la ley, con respecto al inversionista para hacer cumplir
las normas y leyes que guíen el fideicomiso.
DEMANDA
Cantidad de bienes y servicios que los agentes
económicos desean y pueden comprar a un precio dado en
un periodo determinado.
En teoría la demanda y la oferta son los dos componentes
básicos que fijan el precio de los bienes y servicios.
Deseo de cualquier persona por adquirir un bien o
servicio económico.
DEMANDA AGREGADA
Es la cantidad de bienes y servicios que las familias,
las empresas, el gobierno y el resto del mundo pueden y
desean obtener a un determinado nivel de precios y en un
periodo determinado en el país. El Sistema de Cuentas
Nacionales desglosa la demanda agregada de acuerdo a la
función económica que realizan los compradores en la
demanda intermedia y demanda final.
DEMANDA EFECTIVA
Conjunto de mercancías y servicios que los consumidores
realmente adquieren en el mercado en un tiempo
determinado y a un precio dado. La demanda efectiva es
el deseo de adquirir un bien o servicio, más la
capacidad que se tiene para hacerlo.
Punto de equilibrio entre demanda global y oferta
global; es decir, combinación de puntos en donde el
sector gasto monetario y los sectores producción y
empleo están en equilibrio.
DEMANDA FINAL
Está integrada por el valor de las compras que realizan
los consumidores finales de los bienes y servicios
generados por las unidades productivas. Se consideran
demandantes a las familias y al gobierno. Se incluyen
asimismo dentro de este rubro las exportaciones, la
variación de existencias y la formación bruta de capital
fijo.
DEMANDA GLOBAL
Es el valor de las compras realizadas por las empresas,
las familias, el gobierno y el exterior, de los bienes y
servicios producidos por la economía en un periodo
determinado.
Es el conjunto de bienes y servicios que el total de los
consumidores están dispuestos a adquirir en el mercado a
un precio y tiempo determinado.
En contabilidad nacional la demanda global comprende el
consumo privado -el de las familias y las instituciones
privadas sin fines de lucro- y el consumo de gobierno;
también quedan incluidos el valor de las exportaciones y
de la formación bruta de capital.
DEMANDA INTERMEDIA
Está constituida por el consumo de un conjunto de bienes
y servicios tales como materias primas, materiales de
oficina, combustibles, servicios profesionales, de
asistencia técnica, etc., que se emplean directamente en
los procesos productivos que llevan a cabo los
establecimientos industriales, comerciales y de
servicios, con el fin de generar otros bienes y
servicios que pueden ser de uso intermedio o final.
DENOMINACION DE ORIGEN
Se entiende por denominación de origen el nombre de una
región geográfica del país que sirva para designar un
producto originario de la misma, y cuya calidad o
característica se deban exclusivamente al medio
geográfico, comprendiendo en éste los factores naturales
y los humanos. Para su autorización, en el caso de
México, se debe acudir a la SECOFI.
DEPENDENCIA
Es aquella institución pública subordinada en forma
directa al Titular del Poder Ejecutivo Federal en el
ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los
negocios del orden administrativo que tiene
encomendados. Las dependencias de la Administración
Pública Federal son las secretarías de estado y los
departamentos administrativos según lo establece la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal. El
acuerdo de sectorización reserva el concepto de
dependencias a los organismos públicos del Sector
Central que no son coordinadores de sector y da la
denominación de secretaría a los que sí lo son.
DEPOSITO
En el caso de los depósitos bancarios se constituye por
dinero y/o cheques, instrumentos de ahorro, cupones,
efectos comerciales, pagarés, etc., que pueden ser
transformados fácilmente en efectivo. El depósito tiene
como finalidad mantener el saldo positivo de una cuenta
bancaria, mantener la disponibilidad de una línea de
crédito u otros servicios bancarios.
DEPOSITO A LA VISTA
Aquél en que los bienes depositados pueden ser
solicitados por el depositante en cualquier momento.
Dinero que se deposita en cuenta corriente, por ejemplo,
los depósitos bancarios que se pueden retirar sin aviso
previo. Entrega de dinero títulos o valores a una
institución bancaria con el objeto de que se guarden y
se regresen mediante la presentación de un documento "a
la vista" que ampare dichos bienes. Legalmente el
depósito a la vista significa un crédito contra el
activo de un banco; un ejemplo es la cuenta de cheques .
DEPOSITO A PLAZO
Dinero en una cuenta bancaria que rinde dividendos y
para la cual el banco puede requerir que se le notifique
por anticipado del retiro total o parcial de diversos
recursos. Cuando el depósito es a plazo fijo sólo puede
ser retirado en el plazo estipulado.
DEPRECIACION (CONSUMO DE CAPITAL FIJO)
Es la pérdida o disminución en el valor material o
funcional del activo fijo tangible, la cual se debe
fundamentalmente al desgaste de la propiedad porque no
se ha cubierto con las reparaciones o con los reemplazos
adecuados.
Es un procedimiento de contabilidad que tiene como fin
distribuir de manera sistemática y razonable, el costo
de los activos fijos tangibles menos su valor de desecho
(si lo tienen) entre la vida útil estimada de la unidad.
Por tanto, la depreciación contable es un proceso de
distribución y no de valuación.
Pérdida de valor por el uso de un activo fijo que no se
restaura mediante reparaciones o reposición de partes.
Deterioro que sufren los bienes de capital durante el
proceso productivo, cuantificable y aplicable en los
costos de producción.
DEPRECIACION ACELERADA
Se llama así al procedimiento empleado para distribuir
en un plazo mínimo el costo de inversión en maquinaria.
Dicho procedimiento considera un plazo de tres años,
mucho menor en comparación al de 10 años que normalmente
se pudiera considerar para recuperar el costo de la
inversión.
Método de depreciación en que el costo de un activo se
va recuperando a un ritmo mayor que bajo el método de
línea recta. Las tres técnicas utilizadas son: línea
recta, sumas de dígitos y saldo de doble declinación.
DEPRECIACION ACUMULADA
Cuenta de valuación de activo fijo que representa las
provisiones para depreciación, conocidas también como
reservas para depreciación o depreciación acumulada (o
devengada).
DEPRECIACION EN LINEA RECTA
Aquélla que se determina en igual valor durante todos
los periodos, mediante la aplicación de un porcentaje
fijo. Este es el criterio de depreciación que considera
para casos normales la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
DEPRECIACION REAL
Es aquélla que no se determina por medio de cálculos
técnicos, sino en virtud de una inspección ocular o
directa de las propiedades de la entidad. No es la
diferencia entre el costo original y el valor actual
sino que se aprecia por medio de un porcentaje sobre su
costo original o sobre su costo de reposición a los
precios vigentes en la fecha de la estimación. Por
ejemplo: si una propiedad vale 85 por ciento del precio
de nueva a la que sea exactamente igual, la depreciación
real es del 15 por ciento de su costo o de su costo de
reposición, según las circunstancias. No debe
confundirse la "depreciación real" con los cambios de
valor motivados por oscilaciones de las escalas de
precios.
DERECHOS
La cantidad que se paga, de acuerdo con el arancel, por
la importación o exportación de mercancías o por otro
acto determinado por la ley.
Son las contribuciones establecidas en ley por el uso o
aprovechamiento de los bienes del dominio público de la
Nación, así como por los servicios que presta el Estado
en sus funciones de derecho público, excepto cuando se
prestan por organismos descentralizados. También son
derechos las contribuciones a cargo de los organismos
públicos descentralizados por prestar servicios
exclusivos del Estado.
DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG)
Tipo de divisa emitida por el Fondo Monetario
Internacional a la cual tienen derecho todos los países
miembros según sus aportaciones. En la realidad, los DEG
son partidas contables que lleva el FMI y se asignan a
cada país en proporción a sus cuotas. Algunas
características de los derechos especiales de giro son:
no pueden ser utilizados en la compra de bienes y
servicios; los pueden usar los socios del fondo que
tengan déficit en su balanza de pagos, o que estén
perdiendo reservas monetarias. La importancia de los DEG
radica en que contribuyen a incrementar la liquidez
internacional que está basada en el oro o en reservas de
divisas.
DERECHOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DE
DOMINIO PUBLICO
Son las contribuciones que percibe el Gobierno Federal
por el uso o aprovechamiento que hacen los particulares
de los bienes de dominio público de la Nación.
DERECHOS POR LA PRESTACION DE SERVICIOS EXCLUSIVOS DEL
ESTADO A CARGO DE ORGANISMOS PARA SU VENTA
Son las contribuciones a cargo de los organismos
públicos descentralizados por prestar servicios
exclusivos del Estado.
DERECHOS POR SERVICIOS QUE PRESTA EL ESTADO EN SERVICIOS
PUBLICOS
Son contribuciones que realizan los usuarios como
contraprestación a los servicios que presta el Estado,
en sus funciones de derecho público.
DEROGACION
Privación parcial de la vigencia de una ley, que puede
ser expresa (resultante de una disposición de la ley
nueva) o tácita (derivada de la incompatibilidad entre
el contenido de la nueva ley y el de la derogada).
DEROGAR
Acto jurídico a través del cual pierden su vigencia
alguna o algunas de las disposiciones contenidas en el
cuerpo de un instrumento jurídico ya sea una ley,
decreto, acuerdo o reglamento.
DESARROLLO ECONOMICO
Transición de un nivel económico concreto a otro más
avanzado, el cual se logra a través de un proceso de
transformación estructural del sistema económico a largo
plazo, con el consiguiente aumento de los factores
productivos disponibles y orientados a su mejor
utilización; teniendo como resultado un crecimiento
equitativo entre los sectores de la producción. El
desarrollo implica mejores niveles de vida para la
población y no sólo un crecimiento del producto, por lo
que representa cambios cuantitativos y cualitativos. Las
expresiones fundamentales del desarrollo económico son:
aumento de la producción y productividad per - cápita en
las diferentes ramas económicas, y aumento del ingreso
real-per - cápita.
DESARROLLO SOCIAL
Proceso indicador de cambio en el perfil de una
economía, orientado a canalizar en montos suficientes
los beneficios del crecimiento y del ingreso nacional a
los sectores sociales.
DESARROLLO SUSTENTABLE
Es el desarrollo económico caracterizado por el uso de
la tecnología más apropiada en la producción para evitar
la contaminación o degradación ecológica, y posibilitar
la explotación racional de los recursos naturales.
DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA
Acción de transferir autoridad y capacidad de decisión
en organismos del sector público con personalidad
jurídica y patrimonio propios, así como autonomía
orgánica y técnica (organismos descentralizados). Todo
ello con el fin de descongestionar y hacer más ágil el
desempeño de las atribuciones del Gobierno Federal.
Asimismo, se considera descentralización administrativa
a las acciones que el Poder Ejecutivo Federal realiza
para transferir funciones y entidades de incumbencia
federal a los gobiernos locales, con el fin de que sean
ejercidas y operadas acorde a sus necesidades
particulares.
DESCONCENTRACION ADMINISTRATIVA
Proceso jurídico-administrativo que permite al titular
de una institución, por una parte, delegar en sus
funcionarios u órganos subalternos las responsabilidades
del ejercicio de una o varias funciones que le son
legalmente encomendadas, excepto las que por disposición
legal debe ejercer personalmente, y por otra, transferir
los recursos presupuestarios y apoyos administrativos
necesarios para el desempeño de tales responsabilidades,
sin que el órgano desconcentrado pierda la relación de
autoridad que lo supedita a un órgano central. La
desconcentración administrativa es una solución a los
problemas generados por el congestionamiento en el
despacho de los asuntos de una dependencia de gobierno.
Proceso jurídico-administrativo tendiente a erradicar la
concentración funcional y operativa de los distintos
órganos de gobierno, mediante la delegación de
funciones, responsabilidades operativas y recursos a
órganos desconcentrados ubicados en las distintas
regiones del país, sin que pierdan la relación de
autoridad que los supedite a un órgano central.
DESCONCENTRACION DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA
Es el proceso de transferir total o parcialmente las
funciones de las actividades productivas y sociales a
las diferentes regiones geográficas del país, a fin de
impulsar polos de crecimiento y aumentar el volumen de
satisfactores a la población.
DESCONCENTRACION INDUSTRIAL
Proceso mediante el cual se limita el asentamiento
industrial en zonas de alta concentración poblacional a
través de un procedimiento normativo que impida su
radicación y otorgando incentivos fiscales y financieros
a empresas que se asienten en otros municipios o áreas
susceptibles para su desarrollo.
DESCONCENTRACION POBLACIONAL
Proceso mediante el cual se norma y racionaliza los
asentamientos humanos, incentivando a la población a que
se ubique en municipios de baja o media concentración
poblacional; es decir, aquéllos donde la explosión
demográfica no es alta. Lo anterior se realiza a través
de estímulos, generación de empleos remunerativos y la
limitación de usos del suelo para vivienda en zonas
densamente pobladas.
DESCONTAR
Obtener o conceder una rebaja por concepto de intereses
correspondientes al pago anticipado de una cuenta o de
un título de crédito. Vender o comprar títulos de
crédito con anticipación a su vencimiento mediante la
rebaja correspondiente de los intereses que se pacten en
la operación. En general, bonificar o rebajar una
cantidad al tiempo de pagar una cuenta o un documento.
DESCUENTO
Es la diferencia entre el valor actual y el nominal de
un documento por vencer. La operación de adquirir, antes
del vencimiento, valores generalmente endosables
deduciendo un tanto por ciento.
DESCUENTO BANCARIO Y FINANCIERO
Adquisición de documentos negociables antes de su
vencimiento con adelanto del nominal al cedente, una vez
deducidos los intereses y las comisiones.
DESCUENTO POR PRONTO PAGO
El que se concede u obtiene por pagos de las deudas
contraidas, hechos con anterioridad al vencimiento o que
se efectúen dentro de periodos cortos, así convenidos de
antemano.
DESCUENTOS Y PERCEPCIONES A FAVOR DE TERCEROS
Retenciones que se aplican a diversos pagos por cuenta
de terceros con objeto de entregarlos posteriormente a
éstos, tales como retenciones a favor del ISSSTE,
FOVISSSTE, sindicatos, pensiones alimenticias y
retención del Impuesto Sobre la Renta.
DESECONOMIAS DE ESCALA
Las condiciones internas o externas de una empresa que
explican el crecimiento de los costos (medios) debido a
un aumento en la escala de operación.
DESEMBOLSO
Fase de una transacción financiera que mide los pagos
efectuados. Representa una salida de fondos.
DESEMBOLSO DE CAPITAL
Gasto con el que efectúan compras que se suman al activo
fijo o lo incrementan, es decir, gasto que se aprovecha
en periodos futuros.
DESEMPLEO
Situación de uno o varios individuos que forman parte de
la población en edad de trabajar y con disposición de
hacerlo, pero que no tienen una ocupación remunerada; es
decir, no desempeñan actividad económica alguna.
Ocio involuntario de una persona que desea trabajar a
los tipos de salarios actuales, pero que no puede
encontrar empleo, el término se puede aplicar a otro
tipo de factores tales como capital, tierra, ahorro y
otros.
DESEMPLEO ABIERTO
Es la proporción de la fuerza de trabajo no utilizada;
comprende a todas las personas de 12 años o más que, en
la semana de referencia de la encuesta, se encontraban
sin empleo asalariado o por su cuenta (menos de 1 hora a
la semana), disponibles a aceptar empleo y que
realizaron acciones concretas de búsqueda de trabajo en
las ocho semanas anteriores al periodo de referencia, es
decir, contestaron avisos de periódicos o de
recomendaciones familiares, e intentaron ejercer alguna
ocupación por su cuenta.
DESGRAVACION
Reducción en la carga impositiva en actividades
seleccionadas de conformidad con los objetivos de
política económica aplicados por la autoridad fiscal.
DESINCORPORACION DE EMPRESAS PUBLICAS
Proceso que consiste en reducir la participación del
Estado en áreas o actividades económicas no estratégicas
ni prioritarias, a través de la venta, liquidación,
extinción, transferencia o fusión de entidades del
sector paraestatal. Dicho proceso constituye una parte
importante del redimensionamiento del sector público y
tiende a liberar recursos para orientarlos a objetivos
de mayor prioridad.
Los criterios que orientan la desincorporación, resultan
de diversas consideraciones referentes a la situación
real que guardan las empresas, fundamentalmente en lo
que se refiere a los aspectos financieros, operativos,
comerciales, administrativos y legales.
Se sujetan a la liquidación o extinción aquellas
entidades cuyas actividades se duplican; las que han
alcanzado los propósitos para los cuales fueron creadas;
las que no cumplen con sus fines u objetivo social, o
cuyo financiamiento no es conveniente desde el punto de
vista de la economía nacional o del interés público,
considerando muy especialmente aquéllas que enfrentan
una difícil situación financiera y técnica y en donde no
es viable mantener su operación, a no ser que se les
siga proporcionando apoyos gubernamentales, ahora
sujetos a una racionalización estricta en función a las
prioridades nacionales.
La fusión se efectúa cuando la relación existente entre
sus actividades permite unificar programas y objetivos,
mejorar sus estructuras administrativas, simplificar sus
procesos de producción, optimizar el empleo de sus
recursos financieros, técnicos y humanos, y en general,
incrementar su eficiencia y productividad.
La transferencia a los gobiernos de los estados tiene
como propósito fundamental contribuir al fortalecimiento
de una política de descentralización, del federalismo,
de la autonomía del municipio y de la promoción del
desarrollo regional donde las entidades realizan sus
actividades.
Finalmente, se someten a proceso de venta aquellas
entidades en las que, por no tener el carácter de
estratégicas o prioritarias, la presencia estatal no se
justifica.
La normatividad de las ventas surge de las leyes y
reglamentos que en forma general o específica rigen la
formación, estructura, operación y desincorporación de
una empresa paraestatal, tales como la Ley General de
Sociedades Mercantiles, la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, la Ley Federal de
Entidades Paraestatales, la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público Federal y la acta
constitutiva de la entidad.
DESLIZAMIENTO CAMBIARIO
Cambio gradual y continuo en la paridad de una moneda
con respecto a otras. El deslizamiento cambiario implica
una pérdida de valor de la moneda nacional y se utiliza
como un mecanismo de apoyo y estímulo a las
exportaciones, al dar como resultado un abaratamiento en
los bienes y servicios que se ofrecen al exterior.
DESREGULACION
Estrategia para eliminar la excesiva normatividad o dar
flexibilidad a procesos que atañen a todos los sectores
de la economía como normas, requerimientos de calidad,
reglas operativas de las comunicaciones y transportes,
hasta eliminar monopolios cuyas prácticas perjudican
fundamentalmente a grupos de menores ingresos.
La desregulación es un requisito indispensable para que
los impactos de la liberalización comercial se puedan
absorber con facilidad y se avance en la obtención de la
estabilidad de precios. La eliminación de regulaciones
obsoletas abre nuevos mercados y fomenta los flujos de
inversión.
DEUDA
Cantidad de dinero o bienes que una persona, empresa o
país debe a otra y que constituyen obligaciones que se
deben saldar en un plazo determinado. Por su origen la
deuda puede clasificarse en interna y externa; en tanto
que por su destino puede ser pública o privada.
DEUDA AMORTIZABLE O REEMBOLSABLE
Una deuda será amortizable ó redimible cuando a
determinada fecha tenga que pagarse totalmente el
capital. En México existe una larga tradición de
amortización de la deuda por lo que se considera que
todas las deudas son amortizables.
DEUDA A VALOR DE MERCADO
Valor cotizado de la deuda en el momento de la compra de
títulos de créditos en relación a otros instrumentos
similares.
DEUDA A VALOR NOMINAL
Valor consignado en la carátula del bono de la deuda.
DEUDA EN SUSPENSO
Es una obligación vencida sujeta a renegociación (bonos
de la deuda pública agraria).
DEUDA EXTERNA BRUTA
Suma del total de pasivos financieros contractuales que
el sector público tiene con agentes económicos externos
denominados en moneda extranjera. Considera las
variaciones cambiarias y los ajustes.
DEUDA EXTERNA NETA
Deuda externa bruta menos los activos financieros del
Gobierno Federal en el exterior.
DEUDA INTERNA BRUTA
Total de créditos pendientes de pago, pagaderos dentro
del país otorgados al sector público no financiero,
denominados en moneda nacional y extranjera proveniente
del Banco de México, Banca Comercial, de Desarrollo y a
través de valores gubernamentales.
DEUDA INTERNA NETA
Es la deuda interna bruta menos las obligaciones totales
del sistema bancario con el Sector Público.
DEUDA NETA TOTAL DEL SECTOR PUBLICO CONSOLIDADA CON EL
BANCO DE MEXICO
Saldo negativo derivado de la consolidación de
operaciones del Sector Público con el Banco de México;
agrega las del banco central con el sector externo, el
sector privado, la banca comercial, los gobiernos
estatales y municipales, los intermediarios financieros
del sector privado y los acreedores no sectorizados.
DEUDA PUBLICA
Suma de las obligaciones insolutas del sector público,
derivadas de la celebración de empréstitos, internos y
externos, sobre el crédito de la Nación. Capítulo de
gasto que agrupa las asignaciones destinadas a cubrir
obligaciones del Gobierno Federal por concepto de su
deuda pública interna y externa, derivada de la
contratación de empréstitos concertados a plazos,
autorizados o ratificados por el H. Congreso de la
Unión. Incluye los adeudos de ejercicios fiscales
anteriores por conceptos distintos de servicios
personales y por devolución de ingresos percibidos
indebidamente.
Total de préstamos que recibe el Estado para satisfacer
sus necesidades.
DEUDA PUBLICA A CORTO PLAZO
Obligaciones adquiridas por el Sector Público en un
ejercicio fiscal, cuyo plazo de vencimiento queda
comprendido en el mismo periodo.
DEUDA PUBLICA A LARGO PLAZO
Obligaciones contraidas en un ejercicio fiscal, cuyo
plazo de vencimiento se da en ejercicios posteriores.
DEUDA PUBLICA CON GARANTIA
Obligación externa de un deudor privado cuyo reembolso
se encuentra garantizado por una entidad pública.
DEUDA PUBLICA EXTERNA
Comprende todas las obligaciones contraidas por el
Gobierno Federal con acreditantes extranjeros y
pagaderas en el exterior tanto en moneda nacional como
extranjera. Su pago implica salida de fondos del país.
DEUDA PUBLICA FLOTANTE
Son los compromisos de pago por transacciones económicas
ordinarias, que no se alcanzaron a liquidar al cierre
del ejercicio fiscal correspondiente y que se
transfieren al siguiente. Esta deuda se diferencia de la
deuda común, en que no tiene como origen ningún contrato
de empréstito. También se llama Adeudos de Ejercicios
Fiscales Anteriores. (ADEFAS) o pasivo circulante
presupuestario.
DEUDA PUBLICA INTERNA
Comprende todas las obligaciones contraidas por el
Gobierno Federal con acreditantes nacionales y pagaderas
en el interior del país, tanto en moneda nacional como
extranjera. Su pago no debe implicar salida de fondos
del país.
DEUDA PUBLICA SIN GARANTIA
Obligaciones externas del Sector Privado cuyo reembolso
no se encuentra garantizado por una entidad pública.
DEUDA PUBLICA TITULADA
Es un acto concreto de crédito, por medio del cual los
organismos y empresas del sector público obtienen
recursos, quedando constituida la obligación por bonos,
valores, títulos u otra clase de documentos de crédito.
DEUDA REVOLVENTE
Créditos en los cuales al contratarse se acuerda entre
deudor y acreedor que al llegar al vencimiento de los
mismos se redocumentarán por un plazo igual, mayor o
menor a aquél para el que fue contratado originalmente.
DEUDORES DIVERSOS
Cuenta colectiva cuyo saldo representa el monto total de
créditos a cargo de varias personas, los cuales no están
clasificados como "clientes", "documentos por cobrar" u
otro concepto similar.
DEVALUACION
Reducción del valor de la moneda nacional en relación
con las monedas extranjeras. El efecto de la devaluación
representa un abaratamiento de las exportaciones y un
aumento de los precios de las importaciones para el país
devaluante en términos de su propia moneda.
Medida de política económica consistente en disminuir el
valor de una moneda respecto a otra u otras monedas
extranjeras, con la finalidad de equilibrar la balanza
de pagos.
DEVENGADO
Es el reconocimiento y registro de un ingreso o un gasto
en el periodo contable a que se refiere, a pesar de que
el desembolso o el cobro pueda ser hecho, todo o en
parte, en el periodo anterior o posterior.
DEVENGAR
Acción de adquirir un derecho y correlativamente una
obligación por el cumplimiento de la condición pactada.
Ejem: cuando a un trabajador se le condiciona la
obtención de un salario a la producción de 5 artículos,
una vez producidos éstos, el obrero ha adquirido el
derecho a su salario en virtud de que ha cumplido la
condición establecida y consecuentemente ha devengado su
ingreso.
DEVOLUCION DE IMPUESTOS DE IMPORTACION
Instrumento utilizado por el Gobierno Federal como
mecanismo mediante el cual se devuelve a los
exportadores los impuestos de importación que hubieren
pagado por las materias primas, partes componentes y
demás insumos de origen extranjero incorporados a los
productos que elaboran y cuyo destino es el mercado
externo. (Tipo Draw Back)
DEVOLUCION DE INGRESOS
Son las disminuciones a la ejecución de la Ley de
Ingresos del año en curso o de años anteriores, por
concepto de ingresos percibidos indebidamente, y pueden
ser de índole real o virtual.
DEVOLUCIONES EN EFECTIVO
Monto de las entregas en numerario hechas a los
contribuyentes y que significan disminuciones a la Ley
de Ingresos del ejercicio, por concepto de ingresos
percibidos indebidamente.
DEVOLUCIONES VIRTUALES
Disminuciones a la Ley de Ingresos por pagos en exceso,
por las que se constituyen pasivos por saldos a favor de
contribuyentes, los cuales pueden ser compensados por
éstos en el pago de nuevas contribuciones.
DIAGNOSTICO ECONOMICO
Consiste en la descripción, evaluación y análisis de la
situación actual y la trayectoria histórica de la
realidad económica, política y social de un país, o de
algún fenómeno o variable que se desea estudiar, por lo
tanto, implica un conocimiento cuantitativo y
cualitativo de la realidad existente y una apreciación
de las posibles tendencias de los fenómenos, lo cual
significa realizar proyecciones de las posibles
restricciones técnicas y políticas sobre las que se
desarrolla la economía, a fin de solucionarlas en el
corto, mediano y largo plazos.
DIAGRAMA DE FLUJO
Esquema expresado por medio de símbolos y líneas que
conectan entre sí. a) la estructura y secuencia general
de operaciones de una actividad o programa (diagrama de
flujo del programa); b) o al sistema de procesamiento
(diagrama de flujo del sistema).
DIARIO
Llamado también "libro de primera anotación". El libro
diario tiene por objeto registrar en orden cronológico
todas las operaciones de la empresa mediante escrituras
o partidas que se denominan asientos y en él se asentará
por primera partida el resultado del inventario con el
que cuenta la entidad al tiempo de dar principio a sus
operaciones. De este libro se toman los datos necesarios
para su traspaso al libro mayor.
DICTAMEN DE AUDITORIA
Documento que expide el contador público con su firma al
terminar una auditoría de balance y que contiene dos
secciones: a) una breve explicación del alcance del
trabajo realizado; b) su opinión profesional acerca de
los estados financieros examinados en cuanto a si
presentan de una manera razonable la situación
financiera de la empresa, conforme a principios de
contabilidad generalmente aceptados, aplicados
uniformemente con relación al año anterior.
DIFERIR
Contablemente es la acción de posponer los efectos de un
gasto o de un ingreso.
DIGITO IDENTIFICADOR
Elemento de la clave presupuestaria que permite conocer
la naturaleza económica del gasto público.
DIGITO VERIFICADOR
Elemento de la clave presupuestaria que permite
comprobar la estructura de la misma para garantizar que
la afectación de ésta sea confiable. Este dígito es
resultante de una serie de operaciones aritméticas
efectuadas con los demás elementos que integran la clave
presupuestaria y se utiliza como auxiliar en el
procedimiento electrónico de datos.
DINERO
Es el equivalente de todos los bienes y servicios de una
colectividad. Por su aspecto externo puede ser moneda
cuando es de metal, o billete cuando es de papel. Tiene
cuatro funciones: como instrumento de cambio, como
medida de valor, como instrumento de capitalización y de
movilización de valor, y como instrumento de liberación
de deudas y obligaciones.
DIRECCION ADMINISTRATIVA
Función del proceso administrativo que consiste en guiar
las acciones hacia el logro de los objetivos.
DISCIPLINA PRESUPUESTARIA
Directriz política de gasto que obliga a las
dependencias y entidades del Sector Público Federal, a
ejercer los recursos en los montos, estructuras y plazos
previamente fijados por la programación del presupuesto
que se autoriza, con pleno apego a la normatividad
emitida a efecto de evitar desvíos, ampliaciones de
gasto no programados, dispendio de recursos o conductas
ilícitas en el manejo de las erogaciones públicas.
DISPONIBILIDADES
Aquellas partidas del activo que representan bienes que
pueden destinarse de modo inmediato para hacer frente a
las obligaciones pecuniarias de una empresa. Por
ejemplo: efectivo en caja y bancos, documentos de cobro
inmediato, inversiones en valores de pronta realización,
etc.
DISPONIBLE (PRESUPUESTO)
Es el saldo o remanente resultante de restar a una
asignación presupuestaria autorizada, las cantidades
ejercidas y los compromisos legalmente contraidos con
cargo a la misma.
DISPOSICION
Recursos que utiliza o recibe el prestatario al girar
contra una parte o la totalidad del monto del crédito
contratado, después de haber cumplido con ciertos
requisitos estipulados en el contrato.
DISPOSICION DE UN CREDITO
Corresponde al hecho de hacer efectivo un empréstito.
DISTORSION ECONOMICA
Deformación causada por la incorrecta asignación y/o
distribución de recursos, que se refleja en un desajuste
en los precios líderes de la economía, obstaculizando
con ello el desenvolvimiento correcto de las actividades
económicas tanto en la producción como el la
acumulación, financiamiento y transacciones con el resto
del mundo
DISTRIBUCION DEL INGRESO
Es un indicador económico global que muestra la relación
entre la población y el ingreso nacional en un periodo
determinado.
Muestra la forma en que se distribuye el ingreso
nacional entre los diferentes factores de la producción
(tierra, trabajo, capital y organización). De esta
manera, a la tierra le corresponde la renta; al trabajo,
el sueldo y el salario; al capital, la ganancia y el
interés; y a la organización el beneficio.
El conjunto de sueldos, salarios, ganancias, intereses y
rentas forman el ingreso nacional, que se distribuye
entre todos aquéllos que contribuyen a crearlos.
DIVIDENDO
Cuotas que al distribuir las ganancias de una compañía
por acciones, corresponde a cada acción.
DIVIDENDO DECRETADO
Participación que corresponde a una acción formalmente
autorizada por el consejo de administración de una
sociedad, pagadero a partir de una fecha especificada.
DIVIDENDO EN ACCIONES
Importe que se cubre con acciones adicionales y no en
efectivo.
DIVIDENDOS DEVENGADOS
Utilidades acumulativas por la posesión de acciones
vencidas, aún no pagadas.
DIVIDENDOS DIFERIDOS
Se llama así a las utilidades decretadas por acciones
que no son pagaderas desde luego, sino en una fecha
posterior o cuando ocurran determinadas circunstancias.
DIVIDENDOS EXTRAORDINARIOS
Frecuentemente, las compañías acostumbran decretar
anualmente un porcentaje fijo de las ganancias como
dividendo para las acciones comunes. Tal porcentaje
puede ser variado de acuerdo con los estatutos sociales.
Se llaman "dividendos extraordinarios" a los decretados
además de los dividendos regulares.
DIVIDENDOS ORDINARIOS
Los que se pagan en efectivo con cargo a utilidades
obtenidas, distribuidos a prorrata entre todos los
accionistas de una misma clase y como resultado de la
decisión de una asamblea ordinaria de accionistas.
DIVIDENDOS PREFERENTES
Los que corresponden a las acciones preferentes; deben
asignarse con antelación a la distribución final de
utilidades entre las acciones ordinarias.
DIVISA
Cualquier moneda o efecto mercantil (cheques, giros,
letras de cambio, órdenes de pago y derechos especiales
de giro) aceptado internacionalmente como medio de pago.
DIVISION DEL TRABAJO
Forma de producción en la cual las diversas fases de un
proceso productivo se separan en tareas específicas, lo
que permite el desarrollo de la especialización del
trabajo y con ello el aumento de la producción y la
productividad.
DOCUMENTACION DEL CREDITO
Es el mecanismo legal mediante el cual se documenta una
operación de crédito, pudiendo ser: a través de bonos,
pagarés, contratos, etc.
DOCUMENTO CONTABILIZADOR
Puede concebirse así tanto al documento fuente
debidamente registrado, como a la póliza que contiene el
asiento contable; de cualquier forma es el documento
conductor a la información para efectos de registro.
Resulta conveniente que los documentos cumplan con la
función mixta de ser fuente y contabilizadores a la vez.
DOCUMENTO FUENTE
Es el justificante propio o ajeno que da origen a un
asiento contable. Contiene, en el mejor de los casos, la
información necesaria para el registro contable de una
operación, y frecuentemente tiene la función de
comprobar razonablemente la realidad de dicha operación.
La característica de este documento es que asienta un
hecho, y éste es el que registra la contabilidad,
ejemplo: una factura ajena implica una compra, una
factura propia implica una venta, etc.
DOCUMENTO MULTIPLE
Instrumento a través del cual las entidades pueden
efectuar las regularizaciones presupuestarias que
requieren en el desarrollo del ejercicio de su
presupuesto. Por medio de este documento pueden llevarse
a cabo las siguientes operaciones: autorización de
cargo, aviso de cargo, y aviso de reintegro.
DOCUMENTO POR COBRAR
Bajo este título se agrupan los pagarés, letras de
cambio y demás documentos similares pagaderos a plazo y
a favor de la empresa tenedora de ellos. En el balance
general, este rubro debe contener únicamente los
documentos libres de gravamen y que no hayan vencido
todavía. Si hubiere documentos vencidos deben mostrarse
separadamente o bien debe hacerse un comentario adecuado
en el informe. También debe mostrarse separadamente el
monto de los documentos a cargo de clientes y el importe
de los que sean a cargo de otras personas que no tengan
ese carácter.
DOCUMENTO POR COBRAR DESCONTADO
Son los documentos pendientes de pago que han sido
traspasados o vendidos, por medio de endoso, y por el
importe de los cuales, el endosante tiene a su cargo la
obligación contingente.
DOCUMENTO POR PAGAR
Aquéllos en que consta la promesa de pagar
incondicionalmente a una fecha determinada, cierta
cantidad de dinero. No se incluyen bajo esta
denominación las hipotecas, las cédulas hipotecarias y
los bonos u obligaciones en circulación.
Término aplicado a un pagaré, con referencia a su
librador. El nombre de una cuenta del mayor o de una
partida del balance general, que muestra separadamente o
en una sola cantidad, el pasivo con bancos, en
proveedores y con otros acreedores, representado por
pagarés u otros compromisos a plazos determinados.
DOCUMENTOS DESCONTADOS
Representa el importe de los títulos de créditos
propiedad de la entidad, que son descontados en una
institución financiera, para que ésta anticipe su
importe y efectúe el cobro al vencimiento o devuelva en
su caso los documentos.
DOCUMENTOS PARA LA administracion DEL EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
Instrumentos que sirven para la realización de las
operaciones propias del ejercicio del presupuesto de
egresos. Cada uno de ellos se elabora con base en los
procedimientos específicos consignados en los manuales
de normas y procedimientos para el ejercicio del gasto
en la Administración Pública Central. Los documentos
presupuestarios utilizados son los siguientes: cuentas
por liquidar certificadas, avisos de reintegro,
documento múltiple, oficios de rectificación, oficios de
afectación presupuestaria, oficios de autorización de
inversión, reporte de pasivo circulante, calendario de
gastos etc.
DONACION
Contrato mediante el cual una persona transfiere a otra,
gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes
presentes.
Transferencias de bienes de un individuo a otro sin
remuneración alguna.
Es el traslado de recursos que se conceden a
instituciones sin fines de lucro, organismos
descentralizados y fideicomisos que proporcionan
servicios sociales y comunales para estimular
actividades educativas, hospitalarias, científicas y
culturales de interés general.
DONATIVOS, OBSEQUIOS O BENEFICIOS PROHIBIDOS
Aquellos bienes, prestaciones, servicios, descuentos,
prebendas o similares que el servidor público acepta o
solicita durante el desempeño de su empleo, cargo,
comisión o con motivo de éste, prohibidos por la ley. La
ley extiende esta prohibición al cónyuge del servidor,
sus familiares y socios.
DUMPING
Venta de mercancías al exterior a un precio menor al que
se vende en el mercado interno del país exportador. El
dumping se realiza con el objeto de obtener ventajas
competitivas en el exterior; se da ocasionalmente cuando
un país quiere aumentar sus ventas al extranjero y en
forma aguda y persistente como política económica
exterior. Generalmente se penaliza por los países
afectados cuando se detecta.
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